Juzgado de Letras de La Ligua, en causa Rol V-63-2020, SE CONCEDE LA POSESIÓN EFECTIVA DE LA HERENCIA TESTADA quedada al fallecimiento de don ANÍBAL OVALLE LETELIER, RUT N° 6.992.942-7, conforme testamento abierto y solemne, otorgado por el causante, antes individualizado, ante Notario Público de la ciudad de Santiago, de la Quinta Notaria de Santiago, don Patricio Raby Benavente, Repertorio N° 9622-2019, con fecha 25 de septiembre de 2019, inscrito en el Registro Nacional del Testamentos con el N° 5607-2019, a sus herederos universales testamentarios; y, sin perjuicio de otros herederos de igual o mejor derecho:
- Doña Macarena Josefina Hurtado Braun, RUT N° 7.021.298-6, en calidad de cónyuge sobreviviente, heredera universal, legitimaria; y en calidad de asignataria de la cuarta de mejoras y de la cuarta de libre disposición, conforme lo establece la cláusula cuarta del
testamento. - Doña Macarena Ovalle Hurtado, RUT 15.313.652-1, en calidad de hija, heredera universal, legitimaria; y en calidad de asignataria de la cuarta de mejoras, conforme lo establece la cláusula cuarta del testamento.
- Don Aníbal Ovalle Hurtado, RUT N° 15.641.743-2, en calidad de hijo, heredero universal, legitimario; y en calidad de asignatario de la cuarta de mejoras, conforme lo establece la cláusula cuarta del testamento.
- Doña Valentina Ovalle Hurtado, RUT N° 16.370.193-6, en calidad de hija, heredera universal, legitimaria; y en calidad de asignataria de la cuarta de mejoras, conforme lo establece la cláusula cuarta del testamento.
- Don Ismael Ovalle Hurtado, RUT 17.699.747-8, en calidad de hijo, heredero universal, legitimario; y en calidad de asignatario de la cuarta de mejoras, conforme lo establece la
cláusula cuarta del testamento. - Don José Ovalle Hurtado, RUT N° 19.246.222-3, en calidad de hijo, heredero universal, legitimario; y en calidad de asignatario de la cuarta de mejoras, conforme lo establece la cláusula cuarta del testamento.